Residencia no lucrativa y Visados para estudiantes - ExtranjeriaLegal.es

Deprecated: Creation of dynamic property OMAPI_Elementor_Widget::$base is deprecated in /homepages/45/d869365108/htdocs/clickandbuilds/ExtranjeraLegal/wp-content/plugins/optinmonster/OMAPI/Elementor/Widget.php on line 41

Residencia no lucrativa y Visados para estudiantes

Tanto la residencia no lucrativa como el visado de estudiante te permiten inscribirte en un centro educativo.

Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen  para residir en España sin realizar actividad laboral.

Esta visa te permite permanecer en España durante 1 año desde que entras en territorio español, ya que se trata de una autorización de residencia inicial. También podrás conseguir la residencia para tu pareja e hijos mediante una solicitud conjuta. Para ello tendrás que acreditar que dispones de medios económicos para cubrirles. No es necesario que hayas vivido un año en el país, podrás conseguirles el visado en el mismo momento en que consigas el tuyo.

Posteriormente podrás renovar el permiso de forma sucesiva, durando cada renovación 2 años. Así hasta alcanzar la residencia permanente o de larga duración (a los 5 años).

Como su nombre bien indica, no podrás trabajar ni realizar ningún tipo de actividad económica o profesional en España, debido a su naturaleza sin fines de lucro. Solamente deberás preocuparte de disponer de medios suficientes para mantenerte.

Requisitos:

  • No ser ciudadano europeo o familiar de ciudadano europeo ni perteneciente al Espacio Económico Europeo o de Suiza 
  • No encontrarte en situación irregular en el país. El porceso legal se inicia desde tu país de origen.
  • Carecer de antecedentes penales, tanto en España como tu país de origen
  • No puedes tener la entrada prohibida a la zona Schengen
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.

Es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a 90 días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Requisitos:

aña

  • No ser ciudadano de ningún país miembro de la Unión Europea.
  • No ser familiar directo un ciudadano comunitario UE.
  • No debe tener prohibición de entrada a España.
  • Disponer de los fondos económicos suficientes.
  • Contar con un seguro médico en España
  • Constancia de admisión en un centro educativo autorizado.
  • No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
  • No padecer de enfermedades con alto riesgo gravedad.
  • Toda la documentación en vigor

 

Residencia no lucrativa:

Trámites generales y asistencia legal para tramitación de residencias no lucrativas

  • Asesoramiento dentro o fuera de España.
  • Análisis de caso y revisión de documentación.
  • Conformación de expedientes.
  • Presentación y seguimiento de solicitudes.

Visados para estudiantes:

Si vienes a estudiar a España, o ya estas en España y quieres cambiar tu status a estudiante.

  • Asesoramiento integral.
  • Organización documental del expediente.
  • Trámites generales ante instituciones españolas.
  • Presentación y seguimiento de solicitudes.
Scroll al inicio
× ¿Pregúntanos por Whatsapp?