¿Son españoles los hijos de extranjeros nacidos en España? - ExtranjeriaLegal.es

No todos los hijos de extranjeros nacidos en España serán españoles.

En el art.17 del Código Civil se establecen los diferentes supuestos en los que los hijos de extranjeros nacidos en España son españoles de origen.

En esta entrada vamos a hablar sobre todos ellos. También hablaremos sobre las posibles consecuencias para los padres si su hijo obtiene la nacionalidad española.

Serán españoles de Origen

 

Según el art 17.1 CC:

  1. Los nacidos de Padre o Madre Españoles.”
  2. Los nacidos en España cuando sean hijos de Padres extranjeros si, al menos, uno de los Padres ha nacido en España (a excepción de los hijos de Diplomáticos).
  3. Los nacidos en España de Padres extranjeros, si ambos carecen de Nacionalidad (si son apátridas), o si la Legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una Nacionalidad.
  4. Los niños nacidos en España de cuyos Padres se desconoce la filiación. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.

En el art. 19 explica:

  • Si un extranjero menor de 18 es adoptado por un español, adquiere desde la adopción, la nacionalidad española de origen.
  • Si el extranjero adoptado es mayor de dieciocho años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de 2 años a partir de adopción.
  • Si de acuerdo con el sistema jurídico del país de origen el menor adoptado mantiene su nacionalidad, ésta será reconocida también en España.”

 

Estados por los que se puede solicitar la nacionalidad española para el extranjero nacido en España

 

La Direccion General de los Registros y Notariado en el anexo de la instrucción ha descrito los países por los cuales los extranjeros nacidos en España obtienen la nacionalidad española de origen. Estos son:

  1. Argentinos
  2. Bolivianos
  3. Colombianos
  4. Costarricenses
  5. Cubanos
  6. Chilenos
  7. Guineanos
  8. Marroquíes (madre marroquí y padre conocido apátrida o que no transmite su nacionalidad al hijo.)
  9. Palestinos (apátridas)
  10. Peruanos
  11. Saharauis (apátridas- Por el contrario no beneficia a los saharauis que no han estado en posesión y utilización de la nacionalidad española durante diez años o no prueban haber residido en el Sahara cuando estuvo en vigor el Real Decreto de 1976, de modo que quedara imposibilitado «de facto» para optar a la nacionalidad española.)
  12. Suizos (Los hijos de padre suizo no casado con la madre nacidos en el extranjero no adquieren automáticamente la nacionalidad de su padre, sino que para ello es preciso un acto posterio.)
  13. Santotomenses (Santo Tomé y Príncipe)
  14. Venezolano (Si ambos progenitores son venezolanos el hijo nacido en España es venezolano. Si sólo uno de ellos lo es hay que residir en Venezuela o declarar la voluntad de ser venezolano para adquirir dicha nacionalidad.)

 

No son españoles de origen

 

Por el contrario no son españoles de origen, por corresponderles de sangre la nacionalidad de uno de los progenitores, los nacidos en España hijos de:

  1. Angoleños
  2. Argelinos
  3. Búlgaros
  4. Congoleños
  5. Dominicanos
  6. Ecuatoguineanos
  7. Ecuatorianos (el hijo de padres ecuatorianos no es español si el nacimiento en España se produjo durante una estancia transitoria de sus padres.)
  8. Etíopes
  9. Jamaicanos (son jamaicanos desde la fecha de su nacimiento, los nacidos en el extranjero cuando a tal fecha uno de los padres es jamaicano por nacimiento, descendencia o adquisición de la nacionalidad por matrimonio con un ciudadano de Jamaica.)
  10. Jordanos (para que la mujer jordana transmita la nacionalidad se requiere que el padre sea de nacionalidad desconocida y que el nacimiento haya acaecido en Jordania.)
  11. Kazajos
  12. Letones
  13. Lituanos
  14. Marroquíes:
    1. Padre y madre marroquíes, hijo matrimonial, aunque el matrimonio contraído haya sido civil en España
    2. Padre y madre marroquíes, hijo no matrimonial, si existe reconocimiento paterno o se acredita la cohabitación durante el periodo probable de la concepción.
    3. Madre marroquí y padre desconocido
  1. Mauritanos
  2. Nicaragüenses
  3. Nigerianos
  4. Paquistaníes (los nacidos fuera de Pakistán son pakistaníes si los padres hubiesen nacido en Pakistán, en otro caso, lo serán si son inscritos en el Registro Consular correspondiente.)
  5. Polacos
  6. Rumanos
  7. Rusos
  8. Senegaleses
  9. Sierraleoneses
  10. Sirios
  11. Suizos (los hijos de padre suizo no casado con la madre, nacidos en el extranjero, no adquieren automáticamente la nacionalidad de su padre, sino que para ello es preciso un acto posterior.)
  12. Tanzanos
  13. Uzbekos
  14. Zaireños

 

Beneficios para los padres extranjeros de hijos españoles

 

Se podrá obtener un permiso de residencia por arraigo familiar, según el art. 124.3.a):

Si eres padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española, se concederá una autorización por cinco años que habilita a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia; siempre que se demuestre que se tiene a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternales del mismo.

 

Conclusión

 

Hemos descrito los países por los cuales los hijos de extranjero nacidos en España pueden obtener la nacionalidad española y por los que no. También hemos explicado la posibilidad de poder obtener un permiso de residencia para trabajar en España para los padres o tutores legales del menor en cuestión.

Si es tu caso, no dudes en contactar con nosotros para resolver todas tus dudas y para que te expliquemos todos los trámites necesarios.

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