Homologación de títulos extranjeros no universitarios - ExtranjeriaLegal.es
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Homologación de títulos extranjeros no universitarios

En el anterior post hablamos sobre la homologación de títulos extranjeros universitarios. En este caso, vamos a explicar los conceptos básicos necesarios para poder solicitar la homologación de los títulos extranjeros NO universitarios.

El Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, entre otra normativa, es el encargado de regular la homologación de estos títulos.

 

Conceptos Básicos

 

Existen dos formas diferentes de realizar la homologación, dependiendo de si se finalizó el estudio del título o si se pretende continuar estudiándolo en España:

  • Homologar: reconocer la validez en España de un título oficial extranjero no universitario.
  • Convalidar: reconocer la validez de estudios equivalentes en el extranjero para poder continuar con ellos en España.

Los títulos españoles a los que se pueden homologar (entendiendo la palabra como homologación o convalidación) son los siguientes:

  • Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.): haber superado esta formación básica, da acceso a estudios de Grado medio y Bachillerato.
  • Bachillerato: La superación de estos dos cursos permite el acceso a la Universidad.
  • Formación Profesional (F.P.): superar dos años de Grado Medio da opción a estudiar un Grado superior de educación superior. También superar el bachillerato te da opción a estudiar un Grado Superior para una profesión en específico. Estos títulos te forman para diferentes profesiones que no requieren específicamente de la asistencia a una Universidad para poder trabajar de ellas.
  • Enseñanzas artísticas profesionales: Música o danza para la consecución de un título de técnico, y también los grados medio y superior de Artes Plásticas y Diseño.
  • Enseñanzas artísticas superiores: los equivalentes a los grados universitarios de las enseñanzas artísticas.
  • Enseñanzas deportivas: títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior.

 

Requisitos que deben cumplir los títulos no universitarios extranjeros

 

Los requisitos que deben cumplir son los siguientes:

  1. Deben ser títulos oficiales del sistema educativo del país de origen
  2. Los estudios deben estar totalmente superados en caso de homologación
  3. En caso de convalidación, deben haberse superado todos los cursos anteriores al que correspondería estudiar en España.
  4. Debe existir la suficiente equivalencia, tanto a nivel de contenido académico como a nivel de duración de los cursos de los títulos.
  5. Si los estudios se han realizado en un centro extranjero en España, además de todos los requisitos de homologación, el centro debe estar autorizado para impartir estos estudios.

Es necesario tener en cuenta los requisitos a la hora de solicitar la homologación, tanto si ya estás en posesión del título como si pretendes seguir estudiando en España.

 

Inicio de los trámites para la homologación

 

Para iniciar el procedimiento tanto de homologación o convalidación se necesita lo siguiente:

  • Presentar una solicitud en una oficina de registro
  • Aportar la documentación académica necesaria
  • Acreditar el pago de la tasa 079 por el importe correspondiente al título que se solicite

El procedimiento se puede iniciar en el momento que se desee, no existen unos plazos específicos.

Es importante que si tus títulos están en un idioma diferente al Castellano, los documentos deberán ir acompañados de la traducción oficial a éste idioma.

La traducción podrá hacerse vía por traductor jurado acreditado en España, por representación diplomática o consular de España en el extranjero o por un traductor oficial en el extranjero con la firma debidamente legalizada.

 

Conclusión

 

Ya tenemos los conceptos básicos para poder proceder a la solicitud de los trámites. Desde la propia información que ofrece el Gobierno de España recomienda tener muy en cuenta complementar debidamente toda la información requerida para la solicitud de la homologación o convalidación.

Desde Extranjería Legal somos conscientes de la importancia que tiene poder formarse en España y tener la posibilidad de poder trabajar en el oficio para el que la persona extranjera se formó en su país de origen. Por ello, ofrecemos asistencia y presentación de la solicitud con expertos en la materia.

Si quiere más información no dude en contactarnos.

 

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